Marco Mercado de Coordinación General de Posgrado
Compañeras y compañeros, en la Universidad Nacional Autónoma de México hemos conquistado, a través de la lucha sindical, prestaciones que buscan reconocer nuestro esfuerzo y compromiso laboral. Una de ellas es el BonodeCalidadyEficiencia, entregado de manera periódica a las y los trabajadores administrativos.
La UNAM ha sostenido que este bono es una gratificación extraordinaria, sin carácter salarial, con lo cual evita que se tome en cuenta para prestaciones mayores como aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, prima de antigüedad, liquidaciones y pensiones.
Sin embargo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha dejado claro que cualquier cantidad pagada de manera fija, periódica y como retribución directa al trabajo debe integrar el salario, independientemente del nombre que le asigne el patrón. El Artículo 123 de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, reconoce que el salario debe comprender todas las percepciones que recibe el trabajador por su labor.
La LeyFederaldelTrabajo, Artículo84
“El salario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquierotracantidadqueseentreguealtrabajadorporsutrabajo.”
JurisprudenciasdelaCorte o2a./J. 21/2010: Bonos de puntualidad y asistencia deben integrarse al salario, porque son periódicos y remuneratorios. o2a./J. 116/2005: Incentivos de productividad, bonos o premios que se otorguen de manera ordinaria y permanente forman parte del salario.
Implicaciones de la integración
- Mayorprotecciónsocial: se incrementaría la base de cálculo para aguinaldo, vacaciones, prima de antigüedad e indemnizaciones.
- Pensionesmásaltas: al integrarse al salario base de cotización del ISSSTE.
- Reconocimientoplenodederechosadquiridos: dejaría de ser un “premio” condicionado para consolidarse como salario para la UNAM
- IncrementoenaportacionesalISSSTE.
- Aumentoenprestacionesmayores, al calcularse sobre un salario real más alto.
- Impacto económico aproximado: de $120a 170millonesdepesosadicionalesanuales, lo que representa solo0.2%delpresupuestototaldelaUNAM.
Retos y vías de acción sindical
- Difusión: informar a la base trabajadora que el bono no es un regalo, sino un derecho que jurídicamente debe integrarse al salario.
- Negociación colectiva: exigir a la UNAM su reconocimiento pleno en el Contrato Colectivo.
- Acción legal: promover juicios individuales o colectivos para reclamar las diferencias en prestaciones y pensiones.
- Unidad sindical: cerrar filas para que este tema no se quede en promesas y se convierta en una realidad laboral.
El BonodeCalidady Eficiencia no es un estímulo gracioso ni un obsequio de la patronal. Es parte de nuestro salario, así lo establece la Constitución, laLeyFederaldelTrabajo y lajurisprudenciadelaSupremaCorte.
Integrarlo al salario significa fortalecer nuestros derechos, elevar nuestras pensiones y dignificar nuestro trabajo. La UNAM tiene la capacidad presupuestal para hacerlo; lo que falta es voluntad política y la presión organizada de las y los trabajadores.
Por eso, compañeras y compañeros, hoy reafirmamos:
¡El Bono de Calidad y Eficiencia es salario, y debe reconocerse como tal!
La historia es nuestra y la hacemos los trabajadores
REGENERACIÓN SINDICAL


